IVA: SUPUESTO DE INVERSIÓN DE SUJETO PASIVO
Ejemplo de inversión
del sujeto pasivo: Un modisto francés presta, para una empresa española, en concreto una tienda de trajes de novia, en el mes de septiembre, un servicio diseñando un vestido para una clienta de esa tienda, por el que cobra 4.000 euros.
Según las normas de localización, el lugar de realización del hecho imponible
está en España (ya que el modisto se desplaza a la tienda española para hacer el diseño), estando sujeta y no exenta al tipo impositivo del 21%. Se
procederá de la siguiente forma:
- El profesional francés emite una factura a la empresa española sin IVA, por 4000 euros.
(Debe incluir en la factura: operación exenta por inversión del sujeto pasivo).
- La empresa
española paga al modisto francés 4.000 euros, y además, debe incluir las cuotas
correspondientes (4.000 x 21% IVA= 840), en el periodo de liquidación
correspondiente al 3º trimestre como mayor IVA devengado, y además puede
deducirlas como mayor IVA soportado en la misma declaración.
Recordemos el concepto de sujeto pasivo en operaciones interiores: entrega de bienes y
prestación de servicios:
Regla
General: Son sujetos pasivos,
según dispone el artículo 84 de la Ley de IVA, las personas físicas o jurídicas que tengan la condición
de empresarios o profesionales y realicen las entregas de bienes o prestaciones
de servicios sujetas al impuesto.
Regla
Especial: No obstante, será el sujeto pasivo el
empresario o profesional para el que se realicen las operaciones (inversión del
sujeto pasivo) cuando las mismas se efectúen por
personas o entidades no establecidas en el TAI (por empresarios no residentes
en Península y Baleares), (y no es AIB (Adquisición Intracomunitaria de bienes) ni importación porque se realizan en el
TAI).