En este blog quiero publicar prácticas de Derecho Financiero y Tributario, principalmente para que los estudiantes de esta asignatura.

viernes, 22 de enero de 2021

Novedades IRPF 2021

 

   Quiero comenzar el año informando sobre las reformas introducidas en la Ley de IRPF y que han entrado en vigor a partir del pasado 1 de enero, y que son las siguientes:


Novedades en el impuesto sobre la renta de las personas físicas a partir del 1 de enero de 2021:

 

1.- En cuanto a la determinación de la cuota íntegra estatal, regulada en el artículo 63 de la Ley de IRPF, se modifica la escala general del impuesto, subiendo el IRPF de la siguiente forma:

         A.- Se incrementan en dos puntos las rentas del trabajo superiores a 300.000 euros  anuales, quedando la escala de la siguiente forma:

 A la base liquidable general se le aplicarán los tipos que se indican en la siguiente escala:

Base liquidable

Hasta euros

Cuota íntegra

Euros

Resto base liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

Porcentaje

0,00

0,00

12.450,00

9,50

12.450,00

1.182,75

7.750,00

12,00

20.200,00

2.112,75

15.000,00

15,00

35.200,00

4.362,75

24.800,00

18,50

60.000,00

8.950,75

240.000,00

22,50

300.000,00

62.950,75

En adelante

24,50

 

 

       B.- En la parte de rentas de capital y de ahorro se establece una subida de 3 puntos a partir de los 200.000 euros: Artículo 66 ley IRPF:

1. º A la base liquidable del ahorro se le aplicarán los tipos que se indican en la siguiente escala:

Base liquidable del ahorro

Hasta euros

Cuota íntegra

Euros

Resto base liquidable del ahorro

Hasta euros

Tipo aplicable

Porcentaje

0

0

6.000

9,5

6.000,00

570

44.000

10,5

50.000,00

5.190

150.000

11,5

200.000,00

22.440

En adelante

13,00

 

 

            C.- De igual forma que en el caso anterior, en el supuesto de los contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero:

 

 

 A la base liquidable del ahorro se le aplicarán los tipos que se indican en la siguiente escala:

Base liquidable del ahorro

Hasta euros

Cuota íntegra

Euros

Resto base liquidable del ahorro

Hasta euros

Tipo aplicable

Porcentaje

0

0

6.000

19

6.000,00

1.140

44.000

21

50.000,00

10.380

150.000

23

200.000,00

44.880

En adelante

26

 

 

 

2.- La segunda reforma introducida en los artículos 51 y 52 de la Ley de IRPF y que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021, se refiere a las aportaciones a los planes de pensiones, de forma que:

     A.- Se reduce de 8.000 a 2.000 euros, la reducción por  aportaciones a los planes de pensiones individuales con derecho a deducción en el IRPF.

 

     B.- También se reduce el límite de la reducción por las aportaciones a los planes de pensiones de los cónyuges, de 2.500 a 1.000.

 

      C.- También se reduce el límite máximo de dichas aportaciones  de 8.000 a 2.000, aunque se añade la posibilidad de elevar dicho límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa, con lo que se potencian las aportaciones empresariales.

 

Os dejo el enlace de la Ley IRPF:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764