En este blog quiero publicar prácticas de Derecho Financiero y Tributario, principalmente para que los estudiantes de esta asignatura.

martes, 27 de abril de 2021

DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: Artículo 68 Ley IRPF 

                                                  CUESTIÓN

 La empresa “Tecnología 21” SL, se constituyó el 21 de enero de 2021, y Dª Alicia Gutiérrez suscribió 500 acciones por valor de 15.000 euros. ¿Qué cantidad se podrá deducir? 

                                                   RESPUESTA

   Los contribuyentes podrán deducirse el 30 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, pudiendo, además de la aportación temporal al capital, aportar sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la entidad en la que invierten en los términos que establezca el acuerdo de inversión entre el contribuyente y la entidad. La base máxima de deducción será de 60.000 euros anuales y estará formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas. 


  Deducción:
 Base deducción 15.000 

 Límite 60.000 

 Deducción: 15.000 x 30% (0,3) = 4.500 es la cantidad a deducir de la cuota integra



Para conocer los requisitos para poder aplicar esta deducción véase la audio diapositiva correspondiente.