Rentas derivadas de la imposición de capitales:
Se regulan en el artículo 25.3 Ley IRPF: Rendimientos procedentes de operaciones de capitalización, de
contratos de seguro de vida o invalidez y de rentas derivadas de la imposición
de capitales:
Tendrán esta consideración los rendimientos
dinerarios o en especie procedentes de operaciones de capitalización y de
contratos de seguro de vida o invalidez, excepto cuando, con arreglo a lo
previsto en el artículo 17.2.a) de esta Ley, deban tributar como rendimientos
del trabajo.
Vamos a ver un ejemplo de renta
vitalicia inmediata (Artículo 25.3 a), regla 2ª):
SUPUESTO:
El 7 de marzo de 2018, Dª Rocío, de 54 años, contrata un seguro de renta
inmediata vitalicia, desembolsando 50.000 euros, a cambio de una renta de 600
euros. A partir de dicha fecha le entregan 600 euros los días 30 de cada mes, y
es el 30 de marzo cuando recibe el primer pago.
SOLUCIÓN:
Rentas percibidas: 600 x 10 (de marzo a diciembre)
= 6.000
Para calcular el
rendimiento íntegro obtenido, la regla 2ª del artículo 25.3 a de la Ley IRPF
dice que: En el caso de rentas vitalicias inmediatas, que no hayan sido
adquiridas por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio, se
considerará rendimiento de capital mobiliario el resultado de aplicar a cada
anualidad los porcentajes siguientes:
40 por ciento, cuando el perceptor tenga
menos de 40 años.
35 por ciento, cuando el perceptor tenga
entre 40 y 49 años.
28 por ciento, cuando el perceptor tenga
entre 50 y 59 años.
24 por ciento, cuando el perceptor tenga
entre 60 y 65 años.
20 por ciento, cuando el perceptor tenga
entre 66 y 69 años.
8 por ciento, cuando el perceptor tenga
más de 70 años.
Estos porcentajes serán los
correspondientes a la edad del rentista en el momento de la constitución de la
renta y permanecerán constantes durante toda su vigencia.
Como Dª Rocío tiene 54 años hay que aplicar el 28% a las rentas percibidas:
6.000 x 28% =1.680
El rendimiento íntegro
de capital mobiliario obtenido durante 2018 es 1.680 euros.