Sujeción,
exención y no sujeción.-Artículo 7 IRPF.
CUESTIÓN
Determinar, de las
siguientes rentas, las que están sujetas a IRPF, las que no están sujetas, y
las que están exentas, y en su caso qué tipo de rendimiento constituye:
a) La
anualidad de alimentos percibidas por los padres, determinada en sentencia judicial.
b) Una gratificación extraordinaria del Estado, por
participar en una misión internacional de paz.
c) Una ayuda familiar recibida de una
Administración pública para el cuidado de un hijo menor de edad.
d) Una ayuda pública entregada a una persona
que es víctima de violencia de género.
e) Honorarios recibidos
por impartir un seminario de Derecho
financiero.
f) Sueldo de un miembro
de una Diputación Provincial.
g) La retribución que
percibe una persona que colabora en actividades de asistencia social promovidas
por entidades sin ánimo de lucro.
h) las anualidades de
alimentos, que abona un cónyuge a otro, cuando no están determinadas en
sentencia judicial.
i) los dividendos
recibidos por participar en los beneficios de una sociedad.
j) Los ingresos
obtenidos por el arrendamiento de un negocio de
frutería.
k) Los ingresos
obtenidos por la actividad de un negocio de frutería.
l) Los ingresos
obtenidos por el arrendamiento de un apartamento turístico en la playa.
m) Los ingresos
obtenidos por los derechos de autor de mi padre que era cantante.
RESPUESTA
a) Se trata de una
renta sujeta y exenta en virtud del artículo 7k) ley IRPF.
b) Se trata de una
renta sujeta y exenta en virtud del artículo 7 o) ley IRPF
c) Se trata de una
renta sujeta y exenta en virtud del artículo 7 z) ley IRPF
d) Se trata de una renta sujeta y exenta en
virtud del artículo 7 y) ley IRPF.
e) Son rentas
sujetas consideradas como rendimientos de trabajo (artículo 17.2.c) Ley IRPF.
f) Son rentas
sujetas consideradas como rendimientos de trabajo (artículo 17.2.b) Ley IRPF.
g) Son rentas
sujetas consideradas como rendimientos de trabajo (artículo 17.2.i) Ley IRPF.
h) Son rentas
sujetas consideradas como rendimientos de trabajo (artículo 17.2.f) Ley IRPF
i) Son rentas
sujetas consideradas como rendimientos
de capital mobiliario, obtenidos por
la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad
(artículo 25.1 Ley IRPF).
j) Son rentas
sujetas consideradas como rendimientos de capital mobiliario, procedentes de
arrendamientos de negocios (artículo 25.4 c) Ley IRPF).
k) Son rentas sujetas consideradas como
rendimientos de actividades económicas (artículo 27) Ley IRPF.
l) Se trata de
una renta sujeta, calificada como rendimiento de capital inmobiliario
(artículos 22, 23 y 24 de la Ley de IRPF).
m) Son rentas
sujetas consideradas como rendimientos de capital mobiliario, procedentes de la propiedad intelectual, cuando el
contribuyente no es el autor (artículo 25.4 a) Ley IRPF).
Dejo el enlace de la Ley de IRPF para poder consultar todas las rentas que estas exentas de este impuesto: